LAS OBLIGACIONES
Teoría General de las Obligaciones: comprende dos partes. Algunos autores consideran, que la primera parte se dedica al estudio de la obligación jurídica en sentido amplio, es decir, comprendiendo el estudio de sus fuentes, elementos oleados de extinción y consecuencias. Los mínimos autores destacan que la teoría general de las obligaciones se refiere al estudio de la obligación jurídica, analizada en punidad. Según estos autores, el estudio comprende sólo la obligación jurídica como vínculo, presidiendo de las fuentes que la origina y de los medios que ponen fin a su existencia.
Derecho de Obligaciones: es la rama del derecho privado dedicada del vínculo obligacional "Obligación en sentido estricto" y además las causas que lo originan, los medios que ponen fin a su existencia, los efectos que produce (obligación).
En toda obligación el acreedor es el sujeto activo, titular del derecho, en virtud del derecho, en virtud del cual puede exigir el cumplimiento de la obligación es el sujeto, o sea la persona que debe cumplir con la carga se llama también obligada.
Según las Institutas de Justiniano define a la obligación como el lazo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad.
En toda obligación el acreedor es el sujeto activo, titular del derecho, en virtud del derecho, en virtud del cual puede exigir el cumplimiento de la obligación es el sujeto, o sea la persona que debe cumplir con la carga se llama también obligada.
Según las Institutas de Justiniano define a la obligación como el lazo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad.
Naturaleza Jurídica del derecho de Obligaciones: es una rama del derecho privada en el que guarda prelación del interés de los particulares.
La naturaleza jurídica del derecho de obligaciones es abstracta y a la vez precisa aplicarla a todas las situaciones, independientemente de las circunstancias que lo originan, pero a la vez es precisa al punto de ser considerado la matemática del derecho esta naturaleza jurídica guarda relación intima con los caracteres de universalidad y permanencia.
A Contrae una obligación con B
B es acreedor de A
A debe pagar a B
A Contrae una obligación con B
B es acreedor de A
A debe pagar a B
Caracteres de derecho de obligación:
- El derecho de obligación es universal, con base a su carácter absoluto y permanente son presiones y se aplican a cualquier alusión que se genere con relación a la obligación independiente del lugar donde se encuentre sus sujetos.
- Su carácter permanente, viene por su existencia invariable, inmodificable y universal.